martes, 20 de abril de 2010

LA ERRADICACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA

La ley 14 publicada en Gaceta Oficial, no penaliza la protesta social como algunos han expuesto equívocamente. No criminaliza la protesta, sino penaliza la violencia que siempre ha sido considerada por nuestra legislación como un cáncer social.

Al analizar su contenido observamos que, el acto delictivo se configura al: 1. Cerrar la calle impidiendo el libre tránsito 2. Haciendo uso de la violencia, 3. Causar daños a terceros, sea propiedad pública o privada, de lo que se infiere el infractor debe reunir esos 3 elementos. Con respecto a la sanción penal, esta va de 6 meses a 2 años, es decir no necesariamente 2 años. De no darse los otros 2 elementos que acompañen a la obstrucción del libre tránsito, este se seguirá tratando con una sanción administrativa por la justicia de policía.

No vamos a enredar a nadie con citas de artículos, pero, debemos puntualizar que a discreción del juzgador, para un delito con pena de prisión inferior a los 2 años –que es este el caso- y previa confirmación que es delincuente primario, la pena impuesta es fácilmente conmutable por días multa, según nuestro ordenamiento penal existente, lo que se conoce como suspensión de la pena.

En su defecto, digamos que el juez condeno a 2 años al infractor, aún todavía queda a utilizar por la defensa la solicitud de reemplazo de pena de prisión por días multa, cuyo requisito es que la penalidad sea inferior a los 3 años y que sea delincuente primario.

Cabe señalar, que dentro del catálogo de penas sustitutivas también se encuentra el trabajo comunitario. Surge la pregunta ¿Que hacer para reclamar el daño causado a terceros? El legislador patrio ya prevé como requisito para las penas sustitutivas resolver primero la situación del daño, es decir la responsabilidad civil derivada del delito.

Reiteramos que esta legislación se concatena con otras del orden jurídico y social y que son necesarias para el mantenimiento de la paz social, la protección de los derechos constitucionales y la erradicación de la violencia de nuestro Panamá.

1 comentario:

Templorene dijo...

Me identifico, René Hernández González.
Muy clara la posición y ya era tiempo de presionar para que no se den tantas destrucciones y cierres de calles de manera arbitraria e irresponsable. Muchos de los que hoy critia en público esa ley, en privado dicen estar de acuerdo.

Cuando se acabe la politiquería barata le daremos la razón a quien la tenga sin distingo de posición social, política o religiosa.